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sábado, 8 de noviembre de 2014

4.12 Situación actual de la factura y firmas electrónicas en México.



Una factura es un documento que comprueba la realización de una transacción comercial entre un comprador y un vendedor. La factura compromete al vendedor a entregar el producto o servicio y obliga al comprador a realizar el pago de acuerdo a lo especificado en dicha factura emitida. La factura electrónica en México es la representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD), que está apegada a los estándares definidos por el SAT en el Anexo 20 de la Resolución de Miscelánea Fiscal, y la cual puede ser generada, transmitida y resguardada utilizando medios electrónicos. Cada factura electrónica emitida cuenta con un sello digital (Firma Electrónica Avanzada) que corrobora su origen y le da validez ante el SAT, una cadena orignal que funciona como un resumen del contenido de la factura, y un folio que indica el número de la transacción.

Fundamento Legal


Es probable que al igual que muchos de nuestros clientes usted se esté preguntando, “Es legal la factura electrónica?”. La respuesta es SI, la factura electrónica es 100% legal y desde el 2004 fue avalada por el SAT en el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal referente a los Comprobantes Fiscales Digitales. En dicho documento también se establecen todos los fundamentos legales y técnicos para cualquier persona física o moral que desee emitir Comprobantes Fiscales Digitales. Enlace Fiscal fué desarrollado con estricto apego a lo establecido en el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal, por lo que las facturas que emite son 100% válidas ante el SAT.

4.11 Certificación de documentos electrónicos.



Un certificado digital o certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad.
Un certificado electrónico sirve para:
·         Autenticar la identidad del usuario, de forma electrónica, ante terceros.
·         Firmar electrónicamente de forma que se garantice la integridad de los datos trasmitidos y su procedencia. Un documento firmado no puede ser manipulado, ya que la firma está asociada matemáticamente tanto al documento como al firmante
·         Cifrar datos para que sólo el destinatario del documento pueda acceder a su contenido.
 En materia de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos, la implementación, interpretación y aplicación de esta Ley deberán observar los siguientes principios:
a) Regulación legal mínima y des-regulación de trámites.
b) Autonomía de la voluntad de los particulares para reglar sus relaciones.
c) Utilización, con las limitaciones legales, de reglamentos autónomos por la Administración Pública para desarrollar la organización y el servicio, interno o externo.
d) Igualdad de tratamiento para las tecnologías de generación, proceso o almacenamiento involucradas.


4.10 Factura y firma electrónica.

Factura Electrónica



Una factura electrónica es un documento que sirve para describir el costo de los servicios y desglosar los impuestos correspondientes a pagar. Sustituye, según las disposiciones legales correspondientes, a las facturas tradicionales en papel y garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.
La factura electrónica es, por tanto, la versión digital de las facturas tradicionales en soporte papel y debe ser funcional y legalmente equivalente a estas últimas. Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales.
Para que la factura electrónica tenga validez legal, debe estar completada con la firma electrónica, que permite eliminar la factura en papel.

Firma electrónica 


La firma electrónica es un concepto jurídico, equivalente electrónico al de la firma manuscrita, donde una persona acepta el contenido de un mensaje electrónico a través de cualquier medio electrónico válido. Ejemplos:
·         Firma con un lápiz electrónico al usar una tarjeta de crédito o débito en una tienda.
·         Marcando una casilla en una computadora, a máquina o aplicada con el ratón o con el dedo en una pantalla táctil.
·         Usando una firma digital.
·         Usando usuario y contraseña.
·         Usando una tarjeta de coordenadas.
Una firma electrónica crea un historial de auditoría que incluye la verificación de quién envía el documento firmado y un sello con la fecha y hora.
Según la Ley 59/2003, de firma electrónica, en España, la firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
Según la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica, la firma electrónica son los datos en forma electrónica anexos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos, utilizados como medio de autenticación.

4.9 Esquemas de micro pago.

Un ejemplo del esquema de micro pago es el gigante de los pagos online, PayPal, propiedad de eBay, lanza (nota de prensa) un producto especialmente diseñado para realizar pagos de importes inferiores a los dos dólares, con una comisión del 5% más cinco céntimos por transacción. Este esquema supone un ahorro de alrededor de un 40% con respecto a los estándares actuales de la industria, situados en torno al 2% más entre veinte y treinta céntimos por transacción.



Paypal, además, posee un elemento fundamental para que este tipo de esquemas prosperen: 


1.    La escala, las llamadas “externalidades de red”.
2.    Un Certificado de Firma Electrónica Avanzada vigente (trámite ante el SAT)
3.    Uno o más certificados de sello digital (trámite ante el SAT)
4.    Un determinado rango de folios asignados por el SAT y una contabilidad simultánea
5.    Envío de reporte mensual
6.    Cuando se cuenta con Estados Financieros Dictaminados podrá
realizar 2 sistemas de facturación: con Cédula Fiscal y con FEA.

4.8 Condiciones para el micro pago.


Al utilizar sistemas prepago la transacción real se realiza antes de los pagos. El cliente adquiere un medio (tarjeta de prepago, cuenta virtual) que le da el derecho a realizar compras. Así queda garantizado que posee realmente el dinero necesario, y no es necesario realizar controles de liquidez a la hora de la compra, lo que abarata los costos de las transacciones de micropago realizadas a través de éste sistema.
Por ejemplo, una importante tienda de internet, permite a los usuarios registrados comprar cualquier producto de la tienda con solo pulsar un botón, es decir, con un solo clic. Con ello el usuario ya no tiene que molestarse más para adquirir el producto que desea, en tanto que el pedido se factura directamente en la tarjeta asociada al usuario. Dado este crecimiento tan veloz, y con el objeto de ofrecer mayores garantías al comprador, las compañías están terminando por idear sus propias estrategias de micropagos. Por ejemplo, una importante tienda de internet, permite a los usuarios registrados comprar cualquier producto de la tienda con solo pulsar un botón, es decir, con un solo clic. Con ello el usuario ya no tiene que molestarse más para adquirir el producto que desea, en tanto que el pedido se factura directamente en la tarjeta asociada al usuario.

4.7 Sistemas de micro pago.



Como micropago (de micropayment en inglés) se entienden los sistemas diversos utilizados por usuarios para realizar pagos de pequeños montos (digamos hasta diez dólares) de forma electrónica, por ejemplo, a través de una tarjeta prepago, a través de una cuenta virtual en Internet o a través del sistema telefónico (envío de SMS).

Los sistemas de micropago han cobrado importancia desde la popularización de Internet y de sistemas de comercio electrónico, ya que muchos modelos de negocio en la Web requieren la cobranza de montos pequeños de dinero, por ejemplo, para servicios de información (como para leer un artículo de una revista digital o el derecho a descargar un archivo de música). Las ventajas de los micropagos son: la velocidad y rapidez en que se procesa el pago, un bajo costo en transacciones, y la privacidad. La privacidad es el punto clave de este sistema porque brinda un servicio de seguridad a través del anonimato. La problemática reside en que los sistemas de pago electrónico tradicionales como las tarjetas de crédito, al tratarse de montos tan pequeños, no son económicamente viables, ya que el costo del pago mismo excede el valor a cobrar o por lo menos, forma una parte considerable de éste, sobre todo por los mecanismos de seguridad que implican las transacciones, como lo son los controles de liquidez.

4.6. Sistemas electrónicos de débito y prepago.

TARJETAS BANCARIAS

·                     En el mercado español hay una gran variedad de tarjetas (de débito, de crédito, monedero, comerciales...) con distintos nombres (Visa, Mastercard...) y funcionalidades. Y dentro de cada una hay además categorías (normal, clásica, plata, oro, platinum...), en función de los servicios que ofrecen.


Sistemas prepago

Al utilizar sistemas prepago, la transacción real se realiza antes de los pagos. El cliente adquiere un medio (tarjeta de prepago, cuenta virtual) que le da el derecho a realizar compras. Así queda garantizado que posee realmente el dinero necesario, y no es necesario realizar controles de liquidez a la hora de la compra, lo que abarata los costos de las transacciones de micropago realizadas a través de éste sistema.
Se distinguen los siguientes sistemas:
·         Dinero electrónico (eCash): Según la definición de la Unión Europea se trata de sistemas de pago que pueden ser utilizados para pagos no relacionados con la empresa que provee el sistema. Es decir, quedan afuera de la definición sistemas como las tarjetas o los certificados de regalo (gift card) o las tarjetas telefónicas. El cliente puede usarlo prácticamente como dinero en efectivo. La mayoría de los sistemas trabajan con tarjetas recargables («smart cards»), y pueden ser utilizados también en el comercio común (no electrónico), mientras que otros están basados en software.
·         Sistemas de puntos y descuentos: Aquí, los comerciantes pagan al proveedor del sistema una cierta cantidad de dinero que equivale a «puntos» que son transferidos a los clientes en sus compras, los cuales pueden utilizarlos para realizar pagos de manera completa o conseguir descuentos, dependiendo de la cantidad de puntos. Estos sistemas generalmente se limitan a una sola empresa (sobre todo, de comercio, como cadenas de supermercados).
·         Cuentas virtuales: En este caso el cliente adquiere un monto de dinero virtual, que puede utilizar para pagos de distintos servicios, muchas veces limitados a una sola empresa. El ejemplo más común son el de las tarjetas telefónicas (de telefonía fija o celular), en las cuales el cliente, a través de un código que se encuentra de forma oculta en la misma tarjeta, accede a una cuenta con un monto fijo que puede utilizar.
·         Sistemas eMetal: Funcionan de manera similar al sistema eCash, pero en vez de obtener una cuenta virtual en alguna divisa, se obtiene un monto de algún metal precioso, como oro (eGold).

Las tarjetas de débito son las que sirven para utilizar los fondos depositados en la cuenta corriente o de ahorro a la que está asociada. Por eso, si eres titular de una tarjeta de débito, deberás ser también titular de la cuenta.

En un principio, las tarjetas de débito sólo podían utilizarse para sacar dinero en oficinas y cajeros automáticos, así como para consultar saldos y movimientos de la cuenta.

En la actualidad, también pueden emplearse para realizar pagos en comercios. En ambos casos, la operación se registra instantáneamente en tu cuenta, y esa es la principal diferencia con las tarjetas de crédito.

Si realizas un pago o retiras dinero en efectivo con tu tarjeta de débito, la operación se registra simultáneamente en la cuenta asociada, por lo que debes preocuparte de tener dinero suficiente en ella.

Si no hay fondos, la entidad bancaria, si así lo decide, podría anticiparte la cantidad necesaria para realizar el pago, pero debes saber que en ese caso se producirá un descubierto en cuenta y tendrás que devolver el anticipo y abonar los correspondientes intereses, comisiones y gastos.

El límite lógico de una tarjeta de débito es el dinero que tenga la cuenta asociada. Sin embargo, es muy común que por razones de seguridad, las entidades, de acuerdo con su cliente fijen un límite diario, sobre todo para la retirada de fondos de los cajeros automáticos.

Tarjetas de crédito

La tarjeta de crédito permite disponer de una cuenta de crédito, facilitada por la entidad que la emite, lo que quiere decir que si eres titular de una tarjeta de estas características puede hacer pagos u obtener dinero, hasta cierto límite, sin necesidad de tener fondos en la cuenta bancaria en ese mismo momento. A cambio, tienes que devolver el dinero que has utilizado en los plazos previstos. Ésa es la principal diferencia con las tarjetas de débito.

Pero no todas las tarjetas de crédito son emitidas por una entidad de crédito. Existen también algunas que son emitidas por empresas que no son entidades de crédito y, por tanto, no están sujetas a supervisión del Banco de España.

Muchas entidades bancarias las ofrecen sin necesidad de tener una cuenta corriente abierta en ellas y después te giran los recibos correspondientes a la cuenta corriente y entidad que indiques. En el caso de las emitidas por los establecimientos financieros de crédito será siempre así, ya que no pueden abrir cuentas corrientes al público.

Sin embargo no puedes olvidar que utilizar una tarjeta de crédito tiene las mismas consecuencias que disponer de cualquier crédito o modalidad de financiación. Por lo tanto, debes ser consciente de tu obligación de devolver el dinero y de pagar los intereses.

Las entidades suelen fijar un límite de crédito máximo para cada categoría de tarjeta, pero ese límite puede ser modificado. Además, las entidades pueden ajustarlo, atendiendo a su política de riesgos y a las características personales y de solvencia económica de cada cliente, notificándolo al mismo. También puedes solicitar cambiar el límite de crédito: si lo quieres bajar, la entidad no te pondrá pegas, pero si lo quieres subir, necesitarás su autorización.

El límite de crédito significa que la entidad no atenderá pagos por encima de la cifra fijada, sin embargo, podría aceptar que superes el límite. En ese caso, surgen los denominados "excedidos en cuenta", que deberás devolver junto a los intereses y comisiones que han de estar previstos en el contrato de la tarjeta.

Tarjetas monedero

Derechos de las personas usuarias de las tarjetas bancarias

·                     La contratación de una tarjeta implica una serie de derechos:
- Usar la tarjeta para pagar la compra de bienes y servicios, así como para retirar dinero en efectivo en cajeros y en las ventanillas de las entidades, en los términos contratados.
- Recibir una copia del contrato.
- Recibir los documentos de liquidación.
- Ser informado previa y personalmente de las modificaciones.
- A no renovar o a desistir del contrato unilateralmente en cualquier momento, de acuerdo con los pactos recogidos en el mismo.
·                     Y una serie de obligaciones:
- Pagar puntualmente las comisiones bancarias y, si se trata de una tarjeta de crédito, los intereses pactados.
- Devolver los fondos utilizados en la forma pactada.
- Informar a la entidad de crédito sobre sus circunstancias económicas y personales (la información correcta es necesaria para que la entidad analice el riesgo de la operación antes de autorizarla).
- Te comprometes, si así lo hubieses pactado, a comunicar cambios de domicilio, estado civil, régimen económico del matrimonio y otras circunstancias personales y financieras.
- Custodiar debidamente el P.I.N.

La seguridad y la protección en el uso de las tarjetas de crédito y débito son elementos que debes tener muy en cuenta. En el portal Finanzas para todos del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores tienes información al respecto.
 

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